El Tribunal Constitucional de España acaba de frenar la extradición del empresario colombiano Carlos Mattos, solicitado por la Fiscalía. Además, anula todo el proceso que se adelantaba en su contra.
En un fallo que acaba de salir y que EL TIEMPO obtuvo en exclusiva, se le otorga a Mattos un amparo especial y se advierte que para que surta efecto la solicitud de extradición de un ciudadano hacia Colombia, se requiere de control judicial en el origen, para garantizar los derechos del extraditado.
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Fallo a favor de Carlos Mattos.
«El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a un ciudadano colombiano al
que la Audiencia Nacional decidió extraditar a Colombia para su enjuiciamiento por presuntos delitos de daños informáticos y cohecho», dice el fallo.
Y deja en calro que la sentencia anula las decisiones de la Sección Tercera de la Sala Penal de 3 de mayo y del Pleno de la Sala de 1 de julio de 2019, respectivamente, «al considerar que se han vulnerado los derechos del reclamante de amparo a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías en conexión con sus derechos a la libertad personal y a la libertad de residencia y circulación».
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La decisión del tribunal está relacionada con la petición de Colombia de extraditarlo, dentro del proceso que se le sigue como presunto responsable de cohecho, por haber pagado dádivas al juez 16 civil municipal de Bogotá para que este lo beneficiara en un caso Hyundai.
Estos pagos habrían sido para quedarse con el monopolio de la venta de esa marca de carros.
La vice fiscal Martha Mancera, aseguró que la solicitud de extradición cumplía todos los requisitos.
La petición cumple todos los requisitos para que el procesado sea enviado a Colombia y responda por el delito de cohecho
La Embajada de Colombia en España formalizó la solicitud de extradición el e 15 de octubre de 2018 en los términos del Convenio bilateral de extradición suscrito entre España y Colombia desde 1892. La documentación adjunta incluía oficio de la
Fiscalía 11 adscrita a la Vicefiscalía General del 5 de octubre de 2018.
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“En la ciudad de Bogotá, Colombia, desde el mes de octubre de 2015, el señor Carlos José Mattos Barrero, habría iniciado el ofrecimiento de sobornos a múltiples funcionarios del área de sistemas de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá, para direccionar el reparto de una demanda incoada por la empresa colombiana Hyundai Colombia Automotriz S.A. (de la cual era el mayor accionista) en contra de la compañía coreana Hyundai Motor Company». le aseguró Colombia a España.
Y la Vicefiscal Martha Mancera aseguró que la extradición cumplía requisitos.
El Fallo
Pero el Tribunal negó de tajo la solicitud y anuló todo el proceso.
En efecto, en el fallo que EL TIEMPO tiene en su poder, se ordena «anular los autos de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 3 de mayo de 2019, dictado por la Sección Tercera y el de 1 de julio de 2019, dictado por el Pleno de la Sala».
Además, se le otorga el recurso de ambaro solicitado por los abogados de Mattos y se le ordena «restablecer los derechos vulnerados y, en consecuencia, reconocer sus derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías en conexión con sus derechos a la libertad personal y a la libertad de residencia y circulación invocados por el recurrente».
Cero fines políticos
En efecto, aunque el fallo descarta que el caso tenga fines políticos – como lo argumentó su defensa- negó todos los alegatos de la Fiscalía.
La defensa de Mattos le dijo a EL TIEMPO que se acaba de enterar de la decisión y que, por lo que ha trascendido, es claro que a su cliente se le violaron derechos fundamentales dentro del proceso.
(Consulte acá todos los artículos de la Unidad Investigativa de EL TIEMPO) Además, que esta decisión afecta la segunda solicutud de extradición, vinculada al caso de cohecho de la juez Ligia del Carmen Hernández.
Fuente: El Tiempo